Cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda destinada a la residencia de las personas cumple con las condiciones técnicas de habitabilidad, según la normativa vigente.

¿Cuál es el marco legal de aplicación?

Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el cual se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad (DOGC núm. 6245 de 02/11/2012)

Este Decreto regulas las condiciones de habitabilidad que deben tener las viviendas en el territorio de Cataluña, diferenciando:

  • Viviendas de nueva construcción
  • Viviendas preexistentes, construidas con anterioridad al 11 de agosto de 1984
  • Viviendas preexistentes, construidas con posterioridad al 11 de agosto de 1984

¿Cuál es el organismo que tiene competencia para la concesión de la cédula?

L’Agència de l’Habitatge de Catalunya concede la cédula de habitabilidad por medio de los servicios que tienen atribuidos en cada demarcación territorial.

¿Cuándo es necesaria su tramitación?

Par transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, de primera transmisión o en transmisiones posteriores.

Para dar de alta servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.

¿Qué tipos de cédulas se pueden solicitar?

  • De primera ocupación: cuando se refiere a viviendas de nueva construcción
  • De primera ocupación de rehabilitación: cuando se refiere a viviendas que son el resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o gran rehabilitación (aumento del número de viviendas, cambio de uso para crear una vivienda, redistribución total de la vivienda: ampliaciones, remontas y derribos de todo el edificio en los que se dejan únicamente las fachadas)
  • De segunda ocupación: cuando se refiere a viviendas que ya existen

¿Cuál es el plazo de concesión de la cédula?

El tiempo para notificar la concesión o denegación de la cédula de habitabilidad es 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción en el Registro de l’Agència de l’Habitatge de la solicitud con la documentación completa.

¿Cuál es su vigencia?

La cédula tiene una vigencia de 25 años para las viviendas de nueva construcción y de 15 de años para las cédulas de segunda ocupación y de primera ocupación, de rehabilitación.

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